Seguro de responsabilidad Civil Comercio Alimentación
Seguro de responsabilidad Civil Comercio Alimentación: Carnicería
¿Es obligatorio por ley, que una carnicería tenga algún tipo de seguro? Si la carne estuviera en mal estado, ¿quién se haría cargo del daño a terceros?
No nos consta que exista un seguro obligatorio que cubra los daños a terceros ocasionados por la carne en mal estado. En tal caso, la responsabilidad frente a terceros recaería sobre el vendedor (carnicero), en virtud del artículo 1.101 y siguientes de Código Civil (responsabilidad contractual) o, en su caso, 1.902 del Código Civil (responsabilidad extracontractual). También podría recaer sobre otros miembros de la cadena de distribución de la mercancía: vendedor (quien le suministra la carne al carnicero), propietario de la ganadería, etc.
Por lo que, un seguro de responsabilidad civil, aunque no obligatorio, si es muy recomendable en este tipo de comercios de alimentación de frescos.
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