Seguros de Responsabilidad Civil para Electricistas
ELECTRICISTAS
Energías e instalaciones/ Instaladores/ Reparadores de conducciones y aparatos de gas
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ALBAÑILES
Albañiles/ Soldadores/ Alicatadores / Autónomos sin empleados
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CERRAJEROS
Cerrajeros / Carpintería metálica / Madera / Cerrajería, Autónomo sin empleados
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PINTORES
Pintor de interiores y exteriores, incluidos trabajos verticales descolgándose de cuerdas
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FONTANEROS
Fontanería / ACS / Fumistería / Saneamientos/ Autónomo sin empleados
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CARPINTEROS
Carpintería de madera en interiores (suelos, puertas, armarios) / Autónomo sin empleados.
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Seguros de Responsabilidad Civil para Electricistas e Instaladores
ENERGÍAS E INSTALADORES / INSTALADORES / REPARADORES DE CONDUCCIONES Y APARATOS DE GAS
Como requisito imprescindible para obtener el Certificado de Cualificación Individual (antiguo carnet de instalador) de electricista, por ejemplo, se debe cumplir una serie de requisitos. Entre ellos: estar en posesión de un seguro de responsabilidad civil que cubra su actividad.
La póliza de responsabilidad civil para instaladores previene y protege ante posibles imprevistos en todos los ámbitos de la vida. Tanto a nivel privado como profesional, estarás cubierto ante los daños personales o materiales que se puedan ocasionar de manera involuntaria.
Lo primero que hay que tener en cuenta cuando te asesoren sobre un seguro de responsabilidad civil es definir bien la actividad que realizas, porque concretar los detalles te ayuda a prevenir mejor y a que podamos asesorarte sobre la póliza que más se adapte a tus necesidades concretas como instalador.
Prima anual Electricistas e Instaladores *
- Analizamos las Aseguradoras para ofrecerte el mejor seguro RSC
- Tendrás un asesor en seguros. Te gestionamos los siniestros.
- Somos imparciales con las aseguradoras. Nuestro cliente eres TÚ.
- Confidencialidad. Autenticación G.V: VS-98-0089
*Precio sujeto variaciones
Aclaración de la actividad
Protocolo JIB: Instalaciones, reparaciones y mantenimiento de electricidad; telecomunicaciones; fontanería, calefacción, climatización, energía solar, frío industrial y otras adicionales según descripción exacta en texto libre.
Actividades que deben asegurarse
Instalaciones, reparaciones y mantenimiento de instalaciones de electricidad de baja tensión (categorías básica y/o especialista) y/o de alta tensión hasta 30KV; trabajos de telecomunicaciones en cuanto a los daños al dominio público radioeléctrico; fontanería; calefacción; climatización; agua caliente sanitaria (ACS); energía solar térmica y fotovoltaica; frío industrial; recipientes a presión y calderas; productos petrolíferos líquidos (PPL) para uso propio EP-I; gas (categoría A, B, C); sistemas de protección contra-incendios; puertas automáticas; electrodomésticos; ascensores y plataformas elevadoras verticales para personas (con o sin caina) así como montacargas y montaplatos.
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PRECIO
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ASESORAMIENTO
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INDEPENDENCIA
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SEGURIDAD
Confidencialidad. Autenticación G.V: VS-98-0089
Toda persona (física o jurídica) que ejerce una actividad, debe tomar todas las precauciones posibles para minimizar los riesgos, y tanto en seguros obligatorios como en los optativos conviene que anualmente revisen sus pólizas, para comprobar si las primas se adecuan a la situación actual, y es que pueden existir más o menos trabajadores, más o menos productos, o cambios en las instalaciones o en las leyes o reglamentos que regulan la actividad.
Seguros de Responsabilidad Civil para Electricistas e Instaladores
Los instaladores y reparadores: Seguros de Responsabilidad Civil
EPÍGRAFE DE ACTIVIDAD
- ENERGÍAS E INSTALADORES / INSTALADORES / REPARADORES DE CONDUCCIONES Y APARATOS DE GAS
ACLARACIÓN DE LA ACTIVIDAD
PROTOCOLO JIB: INSTALACIONES, REPARACIONES Y MANTENIMIENTO DE ELECTRICIDAD; TELECOMUNICACIONES; FONTANERÍA; CALEFACCIÓN; CLIMATIZACIÓN; ENERGÍA SOLAR ; FRÍO INDUSTRIAL Y OTRAS ADICIONALES SEGÚN DESCRIPCIÓN EXACTA EN TEXTO LIBRE.
ACTIVIDADES QUE DEBEN ASEGURARSE
INSTALACIONES, REPARACIONES Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ELECTRICIDAD DE BAJA TENSIÓN (CATEGORÍAS BÁSICA Y/O ESPECIALISTA) Y/O DE ALTA TENSIÓN HASTA 30 KV; TRABAJOS DE TELECOMUNICACIONES EN CUANTO A LOS DAÑOS AL DOMINIO PÚBLICO RADIOELÉCTRICO; FONTANERÍA; CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN, AGUA CALIENTE SANITARIA (ACS); ENERGÍA SOLAR TÉRMICA Y FOTOVOLTAICA; FRÍO INDUSTRIAL; RECIPIENTES A PRESIÓN Y CALDERAS; PRODUCTOS PETROLÍFEROS LÍQUIDOS (PPL) PARA USO PROPIO EP-I; GAS (CATEGORÍAS A, B, C); SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA-INCENDIOS ; PUERTAS AUTOMÁTICAS; ELECTRODOMÉSTICOS; ASCENSORES Y PLATAFORMAS ELEVADORAS VERTICALES PARA PERSONAS (CON O SIN CABINA) ASÍ COMO MONTACARGAS Y MONTAPLATOS.
Como requisito imprescindible para obtener el Certificado de Cualificación Individual (antiguo carnet de instalador) de electricista, por ejemplo, se debe cumplir una serie de requisitos. Entre ellos: estar en posesión de un seguro de responsabilidad civil que cubra su actividad.
La póliza de responsabilidad civil para instaladores previene y protege ante posibles imprevistos en todos los ámbitos de la vida. Tanto a nivel privado como profesional, estarás cubierto ante los daños personales o materiales que se puedan ocasionar de manera involuntaria.
Lo primero que hay que tener en cuenta cuando te asesoren sobre un seguro de responsabilidad civil es definir bien la actividad que realizas, porque concretar los detalles te ayuda a prevenir mejor y a que podamos asesorarte sobre la póliza que más se adapte a tus necesidades concretas como instalador.
Vamos a ver una póliza recomendable para instaladores, qué es lo que tiene que asegurar y contener para aportar todas las garantías.
1º.- OBJETO DEL SEGURO
En los términos y condiciones consignados en este contrato, EL ASEGURADOR toma a su cargo la responsabilidad civil extracontractual que pueda derivarse para el Asegurado, dentro de los límites de la ley y del presente contrato, como civilmente responsable, por los daños corporales, materiales y perjuicios a consecuencia de ellos, involuntariamente ocasionados a terceros por hechos que tengan relación directa y deriven de la actividad asegurada descrita en las Condiciones Particulares.
2º.- RESPONSABILIDAD ASEGURADA
Dentro de las coberturas del seguro queda comprendida la responsabilidad civil del Asegurado, por actos y omisiones propios y de las personas de quienes deba responder, derivada, a titulo enunciativo y no limitativo, de:
1. Responsabilidad Civil de Explotación, entendiéndose por tal la que el Asegurado deba afrontar como consecuencia directa del desarrollo de su actividad empresarial y, en particular:
a) La actuación del personal del Asegurado en el desempeño de sus funciones al servicio del mismo.
b) La utilización de maquinaría necesaria para la realización de los trabajos propios de la actividad del Asegurado. Quedan en cualquier caso excluidas las reclamaciones derivadas de daños causados a terceros, que pudieran o debieran estar asegurados a través del Seguro Obligatorio de Automóviles de acuerdo con la legislación vigente en cada momento
c) Daños ocasionados con ocasión de realizar trabajos de instalación, montaje, mantenimiento o reparación fuera del recinto de la empresa asegurada.
d) Los daños causados a terceros por las mercancías no peligrosas transportadas en los vehículos propiedad del Asegurado o alquilados para el desarrollo de su actividad, durante las fases de carga, transporte, transbordo y descarga, con expresa exclusión de los daños ocasionados a la mercancía objeto del transporte o manipulación.
e) La responsabilidad profesional de arquitectos, ingenieros u otros profesionales técnicos, con relación de dependencia laboral con el Asegurado, siempre y cuando actúen para y por orden del Tomador del seguro.
LO mejor es que una correduría de seguros, que trabaja con diferentes compañías aseguradoras especializadas en seguros de responsabilidad civil, le busque el que mejor se adapte a Usted y el que le salga al mejor precio.
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Confidencialidad. Autenticación G.V: VS-98-0089
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