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SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL | FONTANEROS

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    PRECIO

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    ASESORAMIENTO

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    INDEPENDENCIA

    Somos imparciales con las aseguradoras. Nuestro cliente eres tú

    SEGURIDAD

    Confidencialidad. Autenticación G.V: VS-98-0089

    Toda persona (física o jurídica) que ejerce una actividad, debe tomar todas las precauciones posibles para minimizar los riesgos, y tanto en seguros obligatorios como en los optativos conviene que anualmente revisen sus pólizas, para comprobar si las primas se adecuan a la situación actual, y es que pueden existir más o menos trabajadores, más o menos productos, o cambios en las instalaciones o en las leyes o reglamentos que regulan la actividad.

    Seguros de Responsabilidad Civil para Fontaneros

     

    ¿Por qué si eres fontanero debes tener un seguro de responsabilidad civil? 

    Te lo recomendamos porque te sale barato y es un seguro y garantía para los post-trabajos o servicios post-venta.

    El seguro de responsabilidad civil para fontaneros es preciso para protegerles de los daños que pudieran derivarse por la realización de su trabajo, como colocar unos sanitarios, hacer una instalación de fontanería, instalación de calefacción, etc.

    Además, una póliza de responsabilidad civil es una garantía post-trabajos, que cubre las consecuencias que puede producir un vicio oculto. Por ejemplo, el coste de volver poner una tubería bien, no lo paga la compañía, pero sí los gastos de la inundación que se hubiera producido.

    Si además el fontanero autónomo o la pyme tiene trabajadores, también quedan cubiertas las reclamaciones que nos puedan hacer ellos o sus familiares en caso de un accidente laboral, lo cual se da normalmente en los casos de fallecimientos e invalideces.

    Y hay que hacer hincapié en los gastos de defensa, porque también la compañía reclamará a sus clientes si le adeudan dinero, siempre que sea más de 600 €.

    Con lo que, tener un seguro de responsabilidad civil, que cubra cualquier imprevisto, en el sector de de fontanería resulta necesario y económico.

    Las empresas de fontanería como cualquier otra empresa tienen el riesgo de sufrir accidentes como golpes por objetos, caídas de objetos desprendidos, contactos eléctricos, quemaduras en la piel y en los ojos debido a la radiación de la soldadura… y además también podemos causar daños a terceros.

     

    Responsabilidad civil para fontaneros, ¿qué garantías tiene?

    ¿Es necesario un seguro de responsabilidad civil en el sector de la fontanería? Rotundamente sí

    ¿Para qué necesita una póliza de responsabilidad civil un fontanero?

    Vamos a ver las garantías de un seguro tipo en esta modalidad y qué riesgos están cubiertos para verificar que nadie está exento de que le pasen este tipo de cosas por muy profesional que sea y muy bien que haga su trabajo, por lo que mejor estar cubierto.

     

    OBJETO DEL SEGURO Y RIESGOS CUBIERTOS

    1.1. En los términos y condiciones consignados en la póliza, el Asegurador toma a su cargo la responsabilidad civil extracontractual que pueda derivarse para el Asegurado, de acuerdo con los artículos 1.902 y siguientes del Código Civil, como consecuencia de los daños y perjuicios causados involuntariamente a terceros, por hechos que deriven del riesgo especificado en el presente contrato.

     

    DAÑOS:

    DAÑO PERSONAL: Lesión corporal o muerte, causados a personas físicas.

    DAÑO MATERIAL: El daño, deterioro o destrucción de una cosa, así como el daño ocasionado a los animales.

    PERJUICIO CONSECUTIVO: La pérdida económica que es consecuencia directa de los daños personales o materiales sufridos por el reclamante de dicha perdida.

    PERJUICIO NO CONSECUTIVO: La pérdida económica que no tiene como causa directa e inmediata un daño personal o material sufrido por el reclamante de dicha pérdida económica.

     

    1.2. PRESTACIONES DEL ASEGURADOR

    Dentro siempre de los límites fijados en las Condiciones Particulares, o en su caso Especiales, correrán por cuenta del

    Asegurador:

    El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes de las indemnizaciones a que diera lugar la responsabilidad civil del asegurado.

    El pago de las costas y gastos judiciales o extrajudiciales inherentes al siniestro, que se abonará en la misma proporción existente entre la indemnización que deba satisfacer el Asegurador, de acuerdo con lo previsto en la póliza, y el importe total de la indemnización a cargo del Asegurado en el siniestro.

    La Defensa del Asegurado en procedimientos civiles o criminales como consecuencia de reclamaciones de responsabilidad civil derivada de hechos garantizados por esta póliza, incluso contra las reclamaciones infundadas, en los términos indicados en el Artículo 19.

    La constitución de fianzas judiciales (civiles o criminales) exigidas al asegurado para garantizar su responsabilidad civil amparada por la póliza.

     

    GARANTÍAS:

    • Responsabilidad Civil de Explotación.
    • Responsabilidad Civil Inmobiliaria.
    • Responsabilidad Civil Locativa.
    • Responsabilidad Civil Trabajos en caliente/soldadura.
    • Responsabilidad Civil Post-trabajos
    • Defensa y Liberación de gastos.

     

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    SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL: FONTANEROS
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    SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL: FONTANEROS
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